| Suspensión de la relación laboral por voluntad del trabajador |
| El trabajador y mediante pacto previo con la empresa, art. 45.1.a del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, tiene la posibilidad de suspender su contrato de trabajo, esto es, cesar su actividad laboral con lo que no tiene obligación de asistir a la empresa a trabajar ni ésta de pagarle su salario por ese periodo. Leer más |
Autónomos
¿Cuál es su cuantía?
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¿Cuál es su cuantía?
¿Que sucede si se tienen cuotas pendientes de pago?
¿Quiénes pueden ser beneficiarias de la prestación por riesgo durante el embarazo?
¿Cómo se extingue?
¿Cuál es la cuantía de la Prestación?
¿Se puede renunciar a ésta prestación?
¿Qué trámites hay que realizar para que la prestación maternidad sea disfrutada por el padre?
¿Qué sucede en caso de muerte del hijo?
¿Cuándo puede negarse la Seguridad Social al pago de éstos gastos?
¿Cómo se solicita el reintegro?
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