Solicitud de clasificación profesional por parte de un trabajador
Cuando un trabajador está realizando funciones superiores a las del grupo profesional o categoría al que pertenece, durante seis meses, o más, en un periodo de un año, u ocho meses, o más, dentro de un periodo de dos años, podrá reclamar a la empresa el ascenso a la categoría o grupo profesional superior del cual está desarrollando las funciones durante los periodos indicados, incluyendo el incremento de retribución de le corresponda a la nueva clasificación, tal como se indica en el art. 39.4 del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995.

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Despacho Recomendado

Jordi Sala Bermúdez - Barcelona
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Casos Prácticos

Readmisión en puesto de trabajo tras revisión de grado de incapacidad permanente

Un trabajador tras una revisión de su situación de incapacidad permanente, es declarado como no afectado por ningún grado de incapacidad, por lo que solicita a su empresa la reincorporación al puesto de trabajo que desarrollaba antes de ser declarado como incapacitado permanente, tendiendo a la reserva de puesto de trabajo que tiene que efectuar la empresa.

La empresa le niega la reincorporación alegando que ya han transcurrido los dos años a que está obligada a mantener la reserva, y no procede a su readmisión. Con lo que el trabajador reclama por despido improcedente.

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Pago de la pausa del bocadillo por no poder disfrutarla

Un trabajador con una jornada continuada superior a seis horas, solicita que le pague en efectivo el tiempo al tiene derecho para la pausa del bocadillo, cuando por exigencia de su actividad no pueda hacer uso del mismo. Siendo la cantidad a pagar la parte proporcional correspondiente al descanso, en relación con el importe de una hora de trabajo.

La empresa se oponer a ello, pues considera que la retribución de la pausa del bocadillo ya se encuentra incluida en el salario del trabajador, y por lo tanto no debe pagar dos veces por el mismo periodo de tiempo.

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Antigüedad a efectos de despido en contratos temporales con subrogación empresarial

Un trabajador es despido por su empresa, y a la hora del cálculo de la indemnización por despido improcedente, ésta solo tiene en cuenta el tiempo que el trabajador le ha prestado servicios con contrato indefinido, que es desde que se formalizó su relación contractual.

Pero el trabajador considera que, el ser la actual empresa una subrogación sobre un empresario anterior con el que también prestó servicios, se le debe considerar la antigüedad desde que comenzó su actividad con el anterior propietario.

A lo que la empresa actual se opone, al considera que no le corresponde ser responsable de aquellos contratos, pues eran temporales y con varios meses de separación entre ellos, con que no se pueden considerar sucesivos de forma que la relación laboral con ese trabajador arranque desde el primer contrato con el empresario anterior.

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Adaptación de jornada laboral para cuidado de un familiar, sin reducción de jornada

Un trabajador solicita una modificación de su horario, que desarrolla a jornada partida de mañana y tarde, para poder atender a un hijo con minusvalía, y así adaptar su jornada para una mejor conciliación de la vida laboral y familiar. Teniendo en cuenta los horarios de trabajo, la cambio solicitado no incluye una reducción de jornada, sino que ésta continua siendo la habitual del trabajador pero distribuida en otra franja horaria distinta a la inicial, la solicitada es de 6:30 a 14:30 horas.

La empresa no se opone a facilitar al trabajado la conciliación de su vida familiar y laboral, pero no acepta el cambio de jornada propuesto por éste, ya que considera que las variaciones de jornada de este tipo deben ir acompañadas de una reducción de la misma, y al no haber planteado ninguna proporción de reducción, no procede llevar a efecto dicho cambio.

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Permiso retribuido para familiares por parto normal

Un trabajador solicita a su empresa un permiso retribuido por hospitalización de un familiar de segundo grado por afinidad, que va a dar a la luz. La empresa pregunta al trabajador si el parto se presenta con complicaciones, a lo que éste responde que es normal, no presenta complicación alguna, por lo que la empresa le deniega el permiso al considera que deber ser hospitalización por enfermedad grave, y si el parto normal, no se dan las condiciones para poder tener derecho al permiso.

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Despido de un trabajador por agresión física a un compañero

Un trabajador es despedido por agredir físicamente a un compañero durante una acalorada discusión, pero considera que la sancion ha sido excesiva, pues ha mediado provocacion por parte de el otro trabajador que le exhacervo los animos y le llevó a tener una conducta violenta.

Por lo tanto considera que debe de quedar sin efecto el despido, y se le tiene que sancionar, pues la conducta esta tipificada como sancionable tanto en el Estatuto de los Trabajadores como en el convenio colectivo de aplicación, con una sanción de suspensión de empleo y sueldo.

A lo que la empresa se opone, pues consider que la violecia siempre debe tener como respuesta laboral el despido.

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Subsidio por desempleo para mayores de 52 años con cotizaciones en el extranjero

Un trabajador solicita el subsicion por desempleo para mayores de 52 años, tras haber finalizado su presación contibutiva por esta misma circunstancia, que ha estado percibiendo durante más de trescientos sesenta dias, a cuenta de las contizaciones realizadas en Alemania, por haber estado trabajando en este país.

Esta solicitud es denegada por la Entidad Gestora de la prestacion, al consierar que las cotizaciones fueron realizadas en Alemania y no en España, y por lo tanto pede a cumplir todos los requisito para acceder a subsidio no se lo reconoce.

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Graduación en el uso de la sanción de empleo y sueldo

Un trabajador es suspendido de empleo y sueldo por su empresa, al considerar que éste comentió una falta muy grave, tal como se estipula en el parado de sanciones del su convenio colectivo, al empujar a un compañero poniendole la zancadilla para que se callera, cuando el compañero aviso de un comportamiento anomalo por su parte, contratio a buen desarrollo de un actividad laboral.

El trabajador reclama contra esta sanción pues considera que tan solo se trato de una discución por discrepancias en el desarrollo del trabajo, y como el compañero no llegó a caerse, la sancion es desproporcionada y como muco deberia ser sancionada como grave y no conllevar las supuension de empleo y sueldo impuesta.

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Ilegal elección de turno de trabajo para cuidado de hijos

Una trabajadora solicita a su empresa que se le cambie de desarrollar un turno rotatorio, como el resto de la plantilla, a un turno fijo de mañana, pues con ese cambio de horario podría cuidar a sus hijos sin reducir su jornada laboral. La empresa se niega, pues, aunque asume que con ello se mejora la conciliación de la vida laboral y familiar de la trabajadora, es una actuación ilegal y no puede llevarse a efecto.

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Pausa del bocadillo y dietas por comida

Una empresa por motivos de inventario alarga, de forma excepcional, la jornada de sus trabajadores, de forma que ésta pasa a ser de más de seis horas continuadas, con lo que, tal como indica el convenio, los empleados pasan a disponer de la pausa del bocadillo, pues la comida a realizar el ligera, más bien un tentempié. Pero los trabajadores reclaman que se les pague la comida en efectivo, dietas, pues en su jornada normal no tienen que comer fuera de casa para seguir en con su actividad en la empresa.

 

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Discriminatorio el pago del salario en efectivo

Unas trabajadoras denuncian a su empresa por trato discriminatorio, pues consideran que esto es el hecho de que se les pague el salario en efectivo, en lugar de por transferencia como al resto de la plantilla conformada por hombres.

La empresa responde que no hay discriminación en el pago, pues el hacer efectivo es una forma legítima que no invalida los mismos, máxime cuando se ajustan lo indicado en el convenio y lo acordado con las distintas trabajadoras.

Pese a lo cual la Inspección de Trabajo sanciona a la empresa por trato discriminatorio en la relación laboral, al considerar que el pago de los salarios debe realizarse del mismo modo para toda la plantilla.

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Comunicación sucesión Inter-vivos de la empresa, a los representantes de los trabajadores
Cuando se produce una sucesión de empresa, o subrogación, por la causa que fuere, venta de la empresa, traspaso, alquiler, herencia… el nuevo empresario, que debe mantener inalteradas las relaciones laborales que los trabajadores venían manteniendo con su empresario de origen, tiene la obligación de informar de este cambio de titularidad, tal como indica el art. 44.6 del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995.

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