| Comunicación a los trabajadores de que la prestación de servicios en contrata |
| Cuando se celebra una contratación de trabajos entre dos empresas, con lo que la actividad se va a desarrollar en régimen de contrata, la empresa contratante tiene la obligación de informar a sus trabajadores de que la actividad de ésta se va desarrollar de esta forma, en régimen de contrata, de forma previa al inicio de los trabajos. Leer más |
Despacho Recomendado
| Gabinet Atrium D´Assessors, s.l. - Barcelona |
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Cotizaciones
Régimen General 2009
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Régimen Especial de Trabajadores Autónomos 2009
Régimen Especial Agricola por Cuenta Ajena 2009
Régimen Especial Agricola por Cuenta Propia 2009
Régimen Especial de Trabajadores de Hogar 2009
Salario Mínimo Interprofesional 2009
Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples 2009
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