| Preaviso de no renovación de contrato temporal por parte de la empresa |
| Cuando un contrato de duración determinada tiene una duración superior a un año, y la empresa no desea renovar el contrato llegada su fecha de finalización, deberá avisar de ello al trabajador con una antelación mínima de quince días, pues en el caso de no denunciar el contrato, éste se considerará prorrogado hasta su plazo máximo, y si éste ya fuera el caso, entonces pasará a tener la condición de indefinido, salvo que la empresa pruebe la actividad es estrictamente temporal. Siempre y cuando el trabajador haya continuado prestado servicios en la empresa una cumplidos los respectivos plazos. Leer más |
Despacho Recomendado
| Gabinet Atrium D´Assessors, s.l. - Barcelona |
| Leer más... |
Vicisitudes Contrato Trabajo
Prestación por maternidad VII. Gestión económica
|
Prevención de riesgos laborales III. Cambio de puesto de trabajo
Prestación por maternidad III. Cuantía
Peculiaridades del despido colectivo III. Contrataciones posteriores a un ERE
Prevención de riesgos laborales V. Medidas protectoras durante la lactancia
Prevención de riesgos laborales IV. Suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo
Peculiaridades del despido colectivo VII. Coincidencia con reclamación judicial de los trabajadores
Procedimiento de extinción II. Partes Legitimadas
Causas de despido VIII. Acoso discriminatorio o sexual
Peculiaridades del despido colectivo IV. Selección de los trabajadores objeto de ERE
Prestación por maternidad II. Beneficiarios
|
