Laboral al DíaBoletín Informativo de Ayuda Laboral
Boletín
de Difusión Gratuita - Año VII - Nº 194 - 9 de diciembre de
2004
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Jurisprudencia.-
Materia:
Trabajo Asunto: Despido con periodo de prueba de 12 meses Texto Completo de la Sentencia
Estudia la improcedencia del despido de un trabajador, partiendo de la validez
de un periodo de prueba, del despedido, de 12 meses, para determinar si esto
puede ser considerado como un abuso por parte de la empresa, y en consecuencia
ser improcedente el despido.
Materia: Relaciones
Colectivas Asunto: Un tablón de anuncios para cada sección
sindical Texto Completo de la Sentencia
Estudia los supuestos en los que a de aplicarse y como, lo dispuesto en la Ley
Orgánica de Libertad Sindical, sobre el derecho a todas las secciones
sindicales, sin excepción, tiene derecho a tener en la empresa un
tablón de anuncios para su propio
Materia:
Procedimiento Laboral Asunto: Denegación de acceso a la justicia gratuita Texto Completo de la Sentencia
Estudia el supuesto de vulneración de la tutela judicial efectiva por
negación del acceso a la justicia gratuita, con lo que se no se puede
iniciar el proceso pretendido
Una empresa, con centros de trabajo en varias provincias, precisa trasladar a
15 de sus trabajadores sobre un plantilla de 80, del centro del trabajo en que
prestan sus servicios a otro situado en una provincia diferente, debido a unas
modificaciones técnicas que precisa realizar en el ciclo producto de ese
otro centro. Los empleados se niegan a aceptar el traslado.
Un trabajador sufre un accidente de trabajo el mismo día que comienza su
actividad laboral, no habiendo sido dado de alta aun por la empresa.
Procediendo esta su alta minutos después del accidente, mediante
comunicación telemática. La empresa realiza todas las
cotizaciones correspondientes al trabajador, desde el inicio de su actividad,
en tiempo y forma.
De este accidente se desprende una incapacidad permanente parcial de la que la
Seguridad Social responsabiliza, para el pago de la cantidad a tanto alzado que
debe recibir el trabajador como indemnización, a la empresa ya que
considera que, aunque el alta realizo el mismo día del accidente y que
se han realizado todas las cotizaciones del trabajador de forma correcta, esto
no tiene efectos retroactivos sobre el hecho de que el accidente se produjo con
el trabajador en situación de no alta.
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