Un trabajador es nombrado presidente del consejo de administración de la sociedad mercantil, en la que presta sus servicios, cargo por el que no percibe retribución, aunque durante el desarrollo del mismo adquiere parte del capital social de la empresa. Tras ser cesado en el cargo pasa a ser gerente comercial apoderado.

Finaliza su relación con esa empresa, por despido, solicita la prestación por desempleo, por todo el periodo de que tiene cotizado desde que comenzó a prestar servicios en la empresa hasta su cese, que le es denegada por el SEPE, al considerar que ni como consejero-presidente de una sociedad, ni tampoco por su condición de apoderado, no tiene derecho a esta prestación al no existir relación laboral y en consecuencia no estar en situación legal de desempleo.

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