Tras el fallecimiento de un trabajador divorciado y que tiene un único hijo de una relación en la que no existió matrimonio, ni tampoco se formalizó como relación de hecho, este último solicita el reconocimiento de la prestación de orfandad absoluta, al considerar que al no haber existido ningún tipo de vínculo legal entre sus progenitores, y no tener derecho a prestación de viudedad su madre, es una situación equivalente al fallecimiento de ambos en lo referente a prestaciones de muerte y supervivencia. La Seguridad Social se opone a esta reclamación.

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