Desempleo.-
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Incompatibilidades
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Obliciones
Prestación por Desempleo
Subsidio por Desempleo
Consultas
 
 
 
Obligaciones
Obligaciones de los trabajadores
  • Presentar en plazo y ante la Oficina de Empleo correspondiente la documentación precisa para el nacimiento o reanudación del derecho de la prestación.
  • Entregar en la Oficina de Empleo correspondiente la documentación acreditativa de las causas de suspensión o extinción del derecho a la prestación.
  • Presentar la documentación acreditativa de la situación de incapacidad temporal en la Oficina de Empleo correspondiente, de producirse ésta durante la percepción de la prestación.
  • Aceptar la colocación adecuada ofrecida por la Oficina de Empleo (INEM) o por la Agencia de Colocación sin fines lucrativos.
  • Participar en los trabajos de colaboración social, programas de empleo, o en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales que determine el Instituto Nacional de Empleo o las entidades asociadas de los Servicios Integrados para el Empleo..
  • Renovar la demanda de empleo en la forma y fechas que se indiquen en la tarjeta de demanda de empleo.
  • Comparecer ante la entidad gestora (INEM o ISM) , la Agencia de Colación sin fines de lucro, o las entidades asociadas de los Servicios Integrados para el Empleo a requerimiento de éstas.
  • Devolver, en el plazo de 5 días, a la entidad gestora (INEM o ISM) , o, en su caso, a las Agencias de Colocación sin fines lucrativos, el correspondiente justificante de haber comparecido en el lugar y fecha indicados para cubrir las ofertas de empleo facilitadas
  • Solicitar la baja en prestaciones por desempleo antes de iniciar una actividad laboral, o por dejar de reunir los requisitos exigidos para su percepción, en el momento que se produzcan dichas situaciones.
  • Reintegrar las prestaciones indebidamente percibidas.
Obligaciones de los empresarios
  • Cotizar por la aportación empresarial a la contingencia de desempleo.
  • Ingresar las aportaciones propias y las de sus trabajadores en su totalidad, siendo responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar.
  • Proporcionar a los trabajdores en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a la situación legal de desempleo, el certificado de empresa, en su caso, las comunicaciones escritas y certificaciones que acrediten la situación legal de desempleo, así como copias de los documentos oficiales de cotización.
  • Abonar al Instituto Nacional de Empleo o Instituto Social de la Marina, las prestaciones satisfechas por éste a los trabajadores, cuando la empresa hubiese sido declarada responsable de la prestación por haber incumplido sus obligaciones en materia de afiliación, alta o cotización.
  • Proceder, en su caso al pago delegado de las prestaciones por desempleo parcial, excepto cuando lo excluya la autoridad laboral.
Obligaciones especiales de los trabajadores en los supuestos de pago único
  • Una vez percibida la capitalización, iniciar, en el plazo máximo de un mes, la actividad laboral.
  • Presentar ante la Entidad Gestora la documentación acreditativa del inicio de la actividad.
  • Destinar la cantidad percibida para la realización de la actividad. En caso contrario, supondrá el cobro indebido de la misma y procederá su reintegro.
Obligaciones especiales de los trabajadores eventuales de Andalucía y Extremadura del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social
  • Presentar en la Oficina de Empleo, entre los días 1 y 7 de cada mes, declaración positiva o negativa de los días trabajados en el mes anterior y de los que haya percibido por Incapacidad Temporal, así como la correspondiente declaración de rentas con las modificaciones que se produzcan en las rentas declaradas en la solicitud.
  • Ingresar la cuota fija mensual íntegra del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.
  • Comunicar a la Oficina de Empleo las Modificaciones de su situación que afecten a la percepción del subsidio.
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