| Subsidio por Desempleo. Liberados de
prisión |
Requisitos
- Estar desempleado.
- Inscribirse como demandante de empleo en el plazo de un mes desde la fecha
de su excarcelación
- No haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a
participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesionales, en el plazo de un mes
desde la inscripción como demandante de empleo.
- Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 por 100 del
salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las
pagas extraordinarias.
- No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.
- Que la privación de libertad haya sido de una duración
superior a 6 meses.
- También tendrán esta consideración:
a) Los menores liberados de un centro de internamiento en el que hubieran sido
ingresados como consecuencia de la comisión de hechos tipificados como
delito, siempre que, además de haber permanecido privados de libertad
por el tiempo antes indicado, en el momento de la liberación sean
mayores de 16 años.
b) Las personas que hubieran concluido un tratamiento de deshabituación
de su drogodependencia, siempre que el mismo hubiera durado un período
superior a seis meses y hayan visto remitida su pena privativa de libertad en
aplicación de lo previsto en el art. 87 del Código Penal.
Si el trabajador tuviera derecho al "subsidio por desempleo para
trabajadores mayores de 52 años" percibiría éste.
Duración
- Seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual
duración, hasta un máximo de 18 meses.
Contenido del subsidio
- Percepción económica del 75 por 100 del salario mínimo
interprofesional vigente en cada momento, excluida la parte proporcional de las
pagas extraordinarias.
- La Entidad Gestora (INEM o ISM) ingresará las cotizaciones a la
Seguridad Social correspondientes a las prestaciones de asistencia sanitaria y
protección a la familia.
Tramitación
- La solicitud se formalizará en el plazo de 15 días, una vez
transcurrido el mes de espera.
- La documentación que se deberá aportar es la siguiente:
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.
- Fotocopia de la Cartilla de Afiliación a la Seguridad Social, si
dispone de ella.
- Justificante del período transcurrido en prisión y de la
fecha de su excarcelación.
- Justificante de rentas.
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