| Extinción del Contrato |
La duración es la que acuerden las partes, si bien en
el caso de no realizarse el contrato de forma escrita, se considerara realizado
por tiempo indefinido.
Causas de extinción:
- Transcurso del tiempo pactado.
- Desistimiento unilateral y voluntario de una de las partes.
- Por voluntad del
trabajor, según causas tipificadas.
- Por voluntad del
empresario, según causas tipificadas.
- Por los motivos establecidos en la legislación laboral
común.
Preaviso
Para llevar a efecto cualquiera de las causas de extinción, es preciso
este requisito. Que básicamente seguirá los siguientes criterios:
- En caso de incumplimiento contractual grave de alguno de las partes, no se
preciso el preaviso.
- Cuando el contrato se a realizado común plazo de
finalización exacto, y este llega sin que la empresa hay manifiesta su
voluntad de continuar la relación laboral no es preciso el preciso.
Incumplimiento del preaviso, la parte afectada por los daños que esta
hoya podido acarrear, tiene derecho a una indemnización en
metálico por el salario de tantos días con falta de preaviso haya
habido.
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