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Derechos y Deberes de los Trabajadores

Derechos básicos: Al trabajo, libre elección de oficio, sindicación, negociación colectiva y adopción de medidas de conflicto colectivo, reunión, huelga y participación en la empresa.


Derechos de los trabajadores

  1. A la ocupación efectiva y a la promoción y formación profesional en el trabajo.

  2. A no ser discriminado por razones de sexo, estado civil, edad, raza, condición social, ideas, afiliación sindical, lengua, etc., ni tampoco por causa de una disminución física o psíquica, si es apto para el trabajo de que se trate. Todo pacto o decisión en contra el nulo.

  3. A su integridad física y a una adecuada política de seguridad y salud en el trabajo. En caso de riesgo grave e inminente para la vida o su salud, derecho a interrumpir su actividad laboral, pudiendo también interrumpirse, de modo total o parcial, la actividad empresarial pro esa causa, en virtud de acuerdo mayoritario de los representantes de los trabajadores, o por acuerdo mayoritario de los delegados de prevención cuando no sea posible reunir con urgencia a aquellos.

  4. Al respeto de su intimidad y dignidad, incluyendo la protección frente a ofensas verbales o físicas de naturaleza sexual. Se autoriza el registro personal o de taquilla, en caso grave y en horas de trabajo.

  5. Al cobro puntual del salario y al ejercicio individual de las acciones derivadas del contrato de trabajo.

  6. A determinados derechos en relación con las invenciones de las que sea autor. Estos derechos varían en función del contenido de la relación laboral, encontrándose regulados por la ley de patentes.

  7. A ser informado de los elementos esenciales del contrato de trabajo y de las principales condiciones de ejecución de la prestación laboral, siempre que la relación laboral exceda de cuatro semanas.


Deberes de los trabajadores

  1. Cumplir sus obligaciones con buena fe y diligencia. La empresa podrá verificar las faltas al trabajo por motivos de salud, y el trabajador deberá permitir su revisión médica. De lo contrario, perderá sus derechos económicos que estén a cargo del empresario.

  2. Seguir las órdenes dictadas por el empresario en el ejercicio de su función.

  3. Contribuir a la mejora de la productividad.

  4. No desarrollar actividades concurrentes con la empresa, salvo autorización de ésta.