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Inicio Leido en De Sol a Sol El delito contra la Seguridad Social será castigado con penas de hasta seis años

El delito contra la Seguridad Social será castigado con penas de hasta seis años

El Gobierno ha aprobado este viernes el anteproyecto de ley contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social y la reforma del Código Penal que endurecerá las penas para esas conductas y para el fraude fiscal, con el fin último de "acabar en España con esa visión tolerante de los que defraudan". Tras la reunión del Consejo de Ministros, la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría ha desgranado los puntos esenciales de la norma...

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Marketing para Profesionales. Más Allá de la Publicidad

¿Cómo se "venden" los servicios de un profesional?. Abogados, graduados sociales, economistas, médicos, psicólogos y demás personas que prestan servicios, que no ofrecen un producto como tal, que se pueda ver y tocar, se plantean esta pregunta en alguna ocasión.

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Solicitud de reducción de jornada por razón de guarda legal de un menor o discapacitado
Tal como reconoce el art. 37 del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, en sus apartados 5 y 6.

En los supuestos de guarda legal de un menor de ocho años, o a un disminuido físico o psíquico cuando no realice ninguna actividad por la que obtenga un rendimiento económico, se podrá disfrutar una reducción de jornada que conllevará la disminución proporcional del salario, siendo ésta de entre un mínimo de un octavo y como máximo la mitad de la duración de la jordana pacta en el contrato. Su duración será hasta que el menor cumpla ocho años de edad, o hasta la recuperación del disminuido que dio lugar a ella.

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Empresa en situación de concurso y salarios pendientes de cobro
Una empresa es declarada en situación de concurso por Juzgado de lo Mercantil correspondiente, que dando entre su personal las siguientes deudas:
  • La plantilla tiene pendiente de cobro los salarios del mes en curso.
  • Un trabajador tiene pendiente de cobro una indemnización por extinción de la relación laboral por voluntad del trabajador, mediante sentencia firme del Juzgado de lo Social.
  • Otro trabajador pendiente de cobros unos salarios, al que la empresa a sido condenada en sentencia firme del Juzgado de lo Social.

 

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