| Un juez ha inhabilitado durante cuatro
años a un arquitecto por la muerte de un obrero durante la
demolición de un edificio en el centro de Alicante. El magistrado le
ha impuesto además, un año y medio de prisión y 1.080
euros de multa. La Fiscalía solicitó también la condena de
la empresaria que promovió las obras, pero el magistrado la ha absuelto
porque delegó la responsabilidad de la seguridad en el arquitecto. En el
accidente también resultó herido muy grave otro obrero. Los dos
trabajadores se precipitaron desde una altura de tres pisos y arrastraron en su
caída toneladas de cascotes. El accidente sucedió el 11 de
septiembre de 2000 en la calle Reyes Católicos de Alicante.
El titular del juzgado de lo Penal Nº 2 ha llegado a la
conclusión de que el arquitecto es responsable de los delitos de
homicidio por imprudencia, lesiones y contra los derechos de los trabajadores
por no hacer un buen plan de riesgos laborales ni facilitar a los obreros los
medios de prevención necesarios. El magistrado entiende que el
arquitecto estaba legalmente obligado a facilitar esos medios a pesar de
no ser el empresario.
El imputado tenía a su cargo la dirección técnica de la
obra y la coordinación en materia de seguridad, y realizó el
proyecto de demolición y el estudio básico de seguridad. El juez
considera que el proyecto de prevención de riesgos era demasiado
genérico.
El suceso se produjo cuando los dos trabajadores se encontraban en el
interior del edificio realizando tareas de demolición. Los obreros
tenían cinturones de seguridad. Sin embargo, las vigas del edificio no
habían sido apuntaladas para evitar un eventual derrumbe. Tampoco se
había instalado el sistema denominado línea de vida
que consiste en la colocación de un cable tenso por encima de la cabeza
de los obreros al que permanecen unidos por medio de un cable. Los dos
operarios cayeron al romperse los amarres de sujeción de sus cinturones
de seguridad.
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