| Justicia niega la indemnización a un
parapléjico que sufrió un error judicial |
La Justicia ha denegado, tras nueve años
de batalla legal, cualquier indemnización para un obrero que
quedó parapléjico en un accidente laboral y al que inicialmente
un juez otorgó 405.683 euros, pese a que sufrió un error judicial
que le impidió presentar recurso al Supremo.
Los hechos se remontan al 12 de enero de 1996, cuando Fernando Anguas, de 58
años, cayó desde la plataforma de carga de una grúa
mientras trabajaba en la construcción de un centro de atención
primaria en el paseo Maragall de Barcelona, según informaron fuentes
judiciales. La grúa se elevó bruscamente y lanzó a
Fernando contra una pared primero y al vacío después,
dejándole parapléjico.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Barcelona elaboró
un informe y sancionó a la constructora FCC con 9.000 euros por
descuidar elmantenimiento de la grúa. En abril de 1997, y tras una
denuncia del trabajador a su empresa, el Juzgado de lo Social número 9
determinó una indemnización de 405.683 euros para Anguas, de los
que 180.303 debían ser pagados por la aseguradora. Según los
informes técnicos recogidos en la sentencia, la grúa
«tenía invertidos los dispositivos de subida y bajada».
FCC recurrió la sentencia al Tribunal Superior de Justicia de
Cataluña (TSJC), que el 13 de julio de 1998 revocó
íntegramente la resolución anterior, desestimando la demanda del
trabajador y absolviendo a la constructora. Esta sentencia concluye que
«no consta acreditado» que la grúa incumpliera las condiciones
de estabilidad y resistencia, aunque reconoce que existía una
«mutación de los botones» de control.
Sin embargo, el tribunal atribuye el accidente al «proceder
negligente» del trabajador, a quien reprocha que se subiera a la
plataforma sin las medidas de protección necesarias.
El trabajador recurrió en casación ante el Tribunal Supremo, por
lo que su abogado presentó en el juzgado de guardia el escrito de
preparación del recurso el 30 de octubre de 1998 y al día
siguiente un segundo escrito ante el TSJC en la que se notificaba la
presentación del primero. Sin embargo la Administración de
Justicia dio por no presentado el recurso.
El 19 de julio de 2001, el demandante, que había solicitado una
indemnización por el anormal funcionamiento de la Administración
de Justicia al haber extraviado su recurso, logró que el Consejo General
del Poder Judicial le diera la razón. Sin embargo no fue hasta marzo de
2005 cuando la Audiencia Nacional admitió en sentencia que se
había producido un anormal funcionamiento de la Administración.
Pese a que la Administración de Justicia admite que se equivocó,
entiende que no puede pagar al trabajador accidentado un dinero que
debería abonarle su empresa.
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Publicado por ABC, el 30 de agosto de 2005
Autor: Redacción |
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