| El juzgado obliga a una promotora a devolver
514,10 euros por gastos en un hipotecario |
El Juzgado de Primera Instancia número 10
de Valencia ha condenado a una promotora -Maver 2000 S.L.- a devolver 514,10
euros a una pareja que tuvo que pagar los gastos de cancelación de un
préstamo hipotecario al que no se subrogó al firmar el contrato
de compra del inmueble.
La histórica sentencia, pues es la primera que se dicta a favor al
respecto en Valencia, declaró nula la cláusula del contrato que
«obligaba a los compradores a pagar todos los gastos derivados de la
cancelación del préstamo, de la garantía hipotecaria y de
la inscripción de todo ello en el Registro», explicó
José Antonio Pérez, delegado de la Asociación de Usuarios
de Servicios Bancarios en Valencia. Esta práctica es ilegal según
lo dispuesto en el anteproyecto de Ley de Mejora de la Protección de los
Consumidores.
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Publicado por Levante-emv, el 24 de septiembre de 2005
Autor: Luisa Marco |
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