| El autónomo dependiente tendrá
derecho a despido desde el 2007 |
El autónomo dependiente, es decir, aquel
trabajador que reciba de manera regular de un mismo cliente remuneraciones que
supongan su principal fuente de ingresos, tendrá derecho a una
indemnización por la ruptura de su relación comercial. El
proyecto figura en el informe que una comisión de expertos ha redactado
sobre la conveniencia de que los trabajadores por cuenta propia cuenten con un
Estatuto, que marque sus derechos y deberes. La norma está previsto
entre en vigor el 1 de enero del 2007, después de su negociación
con las organizaciones más representativas y tras su tramitación
parlamentaria como ley.
El estudio fue presentado este lunes por el ministro de Trabajo y Asuntos
Sociales, Jesús Caldera, en la sede de su Departamento.
El texto no recoge el Estatuto definitivo, pero sí marca las
líneas generales y supone un punto de arranque para que el Gobierno y
los autónomos perfilen y desarrollen sus propuestas.
Uno de los objetivo prioritarios del futuro Estatuto es corregir
irregularidades detectadas. Así, el informe de los expertos dedica
especial atención a los autónomos dependientes, considerados
también «falsos autónomos» puesto que mantienen
relación con una sola empresa, de la que reciben suficientes
retribuciones como para vivir pero carecen de vinculo laboral.
La medida que recomiendan los expertos consiste en establecer un contrato
mercantil, entre el trabajador y la empresa o el cliente, siempre que una de
las partes lo exija. Y, llegado el caso de que esa relación se rompa, el
autónomo podrá recurrir a los juzgados para reclaman una
indemnización.
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Publicado por Diario de León, el 18 de octubre de
2005
Autor: Redacción |
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