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El autónomo dependiente tendrá derecho a despido desde el 2007
El autónomo dependiente, es decir, aquel trabajador que reciba de manera regular de un mismo cliente remuneraciones que supongan su principal fuente de ingresos, tendrá derecho a una indemnización por la ruptura de su relación comercial. El proyecto figura en el informe que una comisión de expertos ha redactado sobre la conveniencia de que los trabajadores por cuenta propia cuenten con un Estatuto, que marque sus derechos y deberes. La norma está previsto entre en vigor el 1 de enero del 2007, después de su negociación con las organizaciones más representativas y tras su tramitación parlamentaria como ley.

El estudio fue presentado este lunes por el ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, en la sede de su Departamento.

El texto no recoge el Estatuto definitivo, pero sí marca las líneas generales y supone un punto de arranque para que el Gobierno y los autónomos perfilen y desarrollen sus propuestas.

Uno de los objetivo prioritarios del futuro Estatuto es corregir irregularidades detectadas. Así, el informe de los expertos dedica especial atención a los autónomos dependientes, considerados también «falsos autónomos» puesto que mantienen relación con una sola empresa, de la que reciben suficientes retribuciones como para vivir pero carecen de vinculo laboral.

La medida que recomiendan los expertos consiste en establecer un contrato mercantil, entre el trabajador y la empresa o el cliente, siempre que una de las partes lo exija. Y, llegado el caso de que esa relación se rompa, el autónomo podrá recurrir a los juzgados para reclaman una indemnización.



Publicado por Diario de León, el 18 de octubre de 2005

Autor: Redacción
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