Leido en....- De Sol a Sol
Los magistrados suplentes y los jueces interinos se integran en el Régimen General de la Seguridad Social
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta de los ministros de Trabajo y Asuntos Sociales y de Justicia, un Real Decreto por el que se integra en el Régimen General de la Seguridad Social al personal interino de la Administración de Justicia, como asimilados a trabajadores por cuenta ajena.

De acuerdo con esta norma, se integrarán en el Régimen General de la Seguridad Social los Magistrados suplentes (excluidos Magistrados eméritos), los Jueces, Fiscales y Secretarios Judiciales sustitutos, así como los funcionarios interinos al servicio de la Administración de Justicia, nombrados de conformidad con el artículo 472.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. La integración comprende también a las personas que, en el momento de entrada en vigor de este Real Decreto, se encontrasen desempeñando funciones de secretario judicial en régimen de provisión temporal.

La norma aprobada modifica el Real Decreto 960/1990, de 13 de julio, para adecuar la legislación a las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo el 2 de julio de 2001 y el 21 de octubre de 2003.






Publicado por Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el 13 de enero de 2006

  Boletín Laboral.
  

Suscríbase y reciba noticias,    jurisprudencia, convenios, etc

 
 
 
 
 
 
 
 

Atención al Visitante

 

Link

Optimizado IE 4.0 800X600

Ayuda Laboral a su servicio desde 1998

Aviso Legal

Diseño Orbyta Media Consultas Creación Web