| Los magistrados suplentes y los jueces
interinos se integran en el Régimen General de la Seguridad Social |
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a
propuesta de los ministros de Trabajo y Asuntos Sociales y de Justicia, un Real
Decreto por el que se integra en el Régimen General de la Seguridad
Social al personal interino de la Administración de Justicia, como
asimilados a trabajadores por cuenta ajena.
De acuerdo con esta norma, se integrarán en el Régimen General de
la Seguridad Social los Magistrados suplentes (excluidos Magistrados
eméritos), los Jueces, Fiscales y Secretarios Judiciales sustitutos,
así como los funcionarios interinos al servicio de la
Administración de Justicia, nombrados de conformidad con el
artículo 472.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. La
integración comprende también a las personas que, en el momento
de entrada en vigor de este Real Decreto, se encontrasen desempeñando
funciones de secretario judicial en régimen de provisión
temporal.
La norma aprobada modifica el Real Decreto 960/1990, de 13 de julio, para
adecuar la legislación a las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo
el 2 de julio de 2001 y el 21 de octubre de 2003.
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Publicado por Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el 13
de enero de 2006
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