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El TSJ ratifica el despido de un operario que incumplió la prohibición de fumar
El tribunal afirma que el trabajador generó una situación de riesgo, al entrar con un cigarrillo en un almacén de productos inflamables

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha ratificado el despido de un trabajador de una empresa alcoyana, que fue sorprendido fumando un cigarrillo en un almacén en el que se guardaban productos altamente inflamables. El TSJ anula una sentencia de un juzgado de lo social de Alacant en la que se declaraba improcedente el despido, al entender que hay motivos justificados para la sanción, dada la situación de riesgo generada por este operario. Hay que señalar que este fallo judicial no tiene ninguna relación con la actual normativa contra el consumo de tabaco, ya que los sucesos se produjeron antes de que entrara en vigor este plan de restricciones.

Los sucesos que han dado lugar a esta singular sentencia se remontan al mes de febrero del año pasado. El trabajador despedido, según reza la sentencia, entró en el citado almacén fumando un cigarrillo, siendo reprendido por un compañero de trabajo y por el propio gerente de la firma. Apenas estuvo un minuto en el lugar de los hechos, ya que se dirigió posteriormente a unos servicios cercanos. En el momento de producirse esta situación, la empresa afectada tenía unos espacios acotados para que pudieran fumar sus trabajadores, ya que todavía no habían entrado en vigor la prohibición absoluta de fumar en los puestos de trabajo. Por supuesto, en este almacén con productos disolventes estaba absolutamente prohibido fumar.A la hora de justificar su rechazo al despido, los representantes legales de este trabajador señalaron que otros operarios de la misma empresa habían sido sorprendidos fumando fuera de los espacios acotados y únicamente habían recibido amonestaciones o suspensiones temporales de empleo y sueldo. El operario despedido entiende que la sanción emprendida contra él es desproporcionada a su falta. Hay que señalar, sin embargo, que estos planteamientos son rotundamente rechazados por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. En el texto de la sentencias se afirma que «esta sala considera determinante el hecho de que la prohibición de fumar se hiciera violentando el espacio reservado y acotado a una zona de alto riesgo y por lo tanto de suma gravedad por los componentes que allí se almacenaban». El fallo judicial añade que la desobediencia a la prohibición de fumar tiene repercusiones más graves en este espacio concreto, afirmando que en la zona existía un alto riesgo y incendio o explosión y señalando que la prohibición «no obedecía a instrucciones o normas caprichosas o arbitrarias, sino que su base era la propia seguridad en materia laboral del colectivo trabajador».En este mismo orden de cosas, el fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana defiende la dureza de la sanción, indicando que los otros trabajadores expedientados por fumar en zona prohibida, no lo habían hecho en áreas «donde se acumulaba la acetona y demás productos de la empresa, no poniéndose en situación de peligro ni a los trabajadores ni a las propias instalaciones de la empresa». Hay que señalar que el alto tribunal de la Comunidad Valenciana emitió esta sentencia el 24 de noviembre del año pasado, cuando aún no había entrado en vigor la normativa que prohíbe fumar en todos los lugares de trabajo.El TSJ convalida el despido de este operario y señala que no tiene derecho a indemnización, ni a salario de tramitación. El empleado despedido llevaba veinte años trabajando en esta empresa del sector del metal.


Publicado por Levante-emv, el 17 de enero de 2006

Autor: J.U.A.
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