| CC.OO. no debe readmitir a la empleada que
echó tras llevar 15 años en el sindicato |
Isabel Mendieta, tras 15 años en la
Federación provincial de Comunicación y Transporte de CC.OO., no
logró una sentencia que le permita volver a su empleo. No
recurrirá
CÓRDOBA. La empleada que estuvo trabajando como administrativa para la
Federación provincial de Comunicación y Transporte de CC.OO.
durante quince años con contratos temporales o sin vinculación
laboral no ha logrado su objetivo de ser readmitida. El fallo del Juzgado de lo
Social número 2 de Córdoba rechaza la petición de Isabel
Mendieta de que se declarara nulo su despido en enero de 2006 para poder
reincorporarse a su puesto de trabajo.
No obstante, el juez señala, como ya había reconocido el
sindicato, que el despido fue improcedente. Eso sí, eleva la
indemnización que en la vía de la conciliación laboral
Comisiones había estado dispuesta a conceder a la trabajadora (4.140
euros) hasta los 8.645.
A esa cifra hay que sumar los salarios de trámite desde el día
que cesó su relación laboral hasta la fecha de la sentencia (21
de marzo). Esa cantidad podría situarse en los 2.600 euros, que
habría que añadir a los citados 8.645.
El juez no considera, en contra de lo sostenido por Mendieta, que haya habido
un acoso laboral que justificara como nulo el despido.
Aludiendo a sentencias del TSJA y del Tribunal Superior de Justicia de Murcia,
el fallo indica que no se han dado las circunstancias de «mobbing»,
motivo en el que, recuerda el juez, «se amparó Isabel Mendieta para
pedir la nulidad de su despido» alegando que la dirección
provincial que entró en abril de 2005 a dirigir la Federación de
Transporte y Comunicación le redujo «su ocupación
efectiva» y la sometió a un estado de aislamiento.Cabe recordar que
Mendieta achacó su despido a la llegada de un nuevo secretario
provincial, de la línea oficialista del sindicato. El padre de la
trabajadora se había encuadrado en la corriente crítica de
CC.OO.
Sin embargo, el juez estima que lo sucedido no tuvo que ver con ese motivo.
Sostiene que el «deterioro» de las relaciones entre Mendieta, que
venía trabajando como única administrativa de la
Federación, y los nuevos cargos de la misma se inicia a raíz de
que «un nuevo miembro del sindicato, perteneciente a Correos, se libera,
lo que implica que presta sus servicios administrativos en Comunicación
y Transporte sin coste alguno para la Federación, pues sus retribuciones
las abona la empresa».
«La economía mueve el mundo»
Ese hecho, prosigue el fallo, hizo que inicialmente las tareas administrativas
hubieran de repartirse y luego «supusiera el cese de la demandante».
Y este despido no se debió a «las razones que manifiesta Isabel
Mendieta», sino por una «mera cuestión económica, ya
que si un miembro liberado puede realizar los trabajos sin ningún coste
retributivo, no hay necesidad de mantener relación laboral con la
demandante».
No en vano, en el juicio el abogado de CC.OO. dijo que la «economía
es lo que mueve el mundo» y que la decisión de que la trabajadora
no siguiera en su puesto se debió a que con su salida el sindicato
podía ahorrar un salario al tener un liberado que hacía su
labor.
El juez en su resolución, incluso, señala que, «de la prueba
practicada surgen indicios de que ha sido Isabel Mendieta quien ha auspiciado
las malas relaciones con los nuevos dirigentes».
Mendieta ha anunciado que no recurrirá el fallo y el sindicato tampoco
tiene previsto hacerlo.
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Publicado por ABC, el 1 de abril de 2006
Autor: Redacción |
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