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CC.OO. no debe readmitir a la empleada que echó tras llevar 15 años en el sindicato
Isabel Mendieta, tras 15 años en la Federación provincial de Comunicación y Transporte de CC.OO., no logró una sentencia que le permita volver a su empleo. No recurrirá

CÓRDOBA. La empleada que estuvo trabajando como administrativa para la Federación provincial de Comunicación y Transporte de CC.OO. durante quince años con contratos temporales o sin vinculación laboral no ha logrado su objetivo de ser readmitida. El fallo del Juzgado de lo Social número 2 de Córdoba rechaza la petición de Isabel Mendieta de que se declarara nulo su despido en enero de 2006 para poder reincorporarse a su puesto de trabajo.

No obstante, el juez señala, como ya había reconocido el sindicato, que el despido fue improcedente. Eso sí, eleva la indemnización que en la vía de la conciliación laboral Comisiones había estado dispuesta a conceder a la trabajadora (4.140 euros) hasta los 8.645.

A esa cifra hay que sumar los salarios de trámite desde el día que cesó su relación laboral hasta la fecha de la sentencia (21 de marzo). Esa cantidad podría situarse en los 2.600 euros, que habría que añadir a los citados 8.645.

El juez no considera, en contra de lo sostenido por Mendieta, que haya habido un acoso laboral que justificara como nulo el despido.

Aludiendo a sentencias del TSJA y del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, el fallo indica que no se han dado las circunstancias de «mobbing», motivo en el que, recuerda el juez, «se amparó Isabel Mendieta para pedir la nulidad de su despido» alegando que la dirección provincial que entró en abril de 2005 a dirigir la Federación de Transporte y Comunicación le redujo «su ocupación efectiva» y la sometió a un estado de aislamiento.Cabe recordar que Mendieta achacó su despido a la llegada de un nuevo secretario provincial, de la línea oficialista del sindicato. El padre de la trabajadora se había encuadrado en la corriente crítica de CC.OO.

Sin embargo, el juez estima que lo sucedido no tuvo que ver con ese motivo. Sostiene que el «deterioro» de las relaciones entre Mendieta, que venía trabajando como única administrativa de la Federación, y los nuevos cargos de la misma se inicia a raíz de que «un nuevo miembro del sindicato, perteneciente a Correos, se libera, lo que implica que presta sus servicios administrativos en Comunicación y Transporte sin coste alguno para la Federación, pues sus retribuciones las abona la empresa».

«La economía mueve el mundo»

Ese hecho, prosigue el fallo, hizo que inicialmente las tareas administrativas hubieran de repartirse y luego «supusiera el cese de la demandante». Y este despido no se debió a «las razones que manifiesta Isabel Mendieta», sino por una «mera cuestión económica, ya que si un miembro liberado puede realizar los trabajos sin ningún coste retributivo, no hay necesidad de mantener relación laboral con la demandante».

No en vano, en el juicio el abogado de CC.OO. dijo que la «economía es lo que mueve el mundo» y que la decisión de que la trabajadora no siguiera en su puesto se debió a que con su salida el sindicato podía ahorrar un salario al tener un liberado que hacía su labor.

El juez en su resolución, incluso, señala que, «de la prueba practicada surgen indicios de que ha sido Isabel Mendieta quien ha auspiciado las malas relaciones con los nuevos dirigentes».

Mendieta ha anunciado que no recurrirá el fallo y el sindicato tampoco tiene previsto hacerlo.


Publicado por ABC, el 1 de abril de 2006

Autor: Redacción
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