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El TSJ reconoce el derecho al paro a cinco inmigrantes irregulares
El máximo órgano judicial de la comunidad dictó una sentencia similar a principios de este año

El Tribunal Superior de Justicia es el primero de España que se pronuncia en esta materia

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León acaba de reconocer el derecho de cinco trabajadores irregulares a percibir la prestación por desempleo tras ser despedidos por un grupo de empresas abulenses de la construcción, según informó ayer el secretario de UGT en Ávila, Luis Sánchez.

Las cinco sentencias, dictadas por la Sala de lo Social del TSJCyL y hechas públicas el pasado mes de marzo de este año, son, junto a otra de primeros de año del mismo tribunal, las primeras en España que sirven para reconocer el derecho a paro a un inmigrante sin permiso de trabajo y sin el de residencia, explicó el responsable sindical.

La interpretación jurídica de los magistrados se basa en la Ley de Extranjería del 2000, en otras sentencias españolas y en convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León concluye que «el contrato de trabajo del extranjero no autorizado no es, en la actual legislación, un contrato nulo. Y siendo ello así, no puede verse privado el trabajador de una protección que, en nuestro sistema de relaciones laborales es inherente al contrato de trabajo».

La representación de los inmigrantes reclamaba «el derecho del trabajador sin permiso de trabajo y residencia que ha prestado servicios laborales para una determinada empresa a obtener el reconocimiento de su derecho a la inscripción como demandante de empleo y a que se le reconozca igualmente su derecho a percibir la correspondiente prestación por desempleo».

Sin cotización

Por su parte, los demandados, es decir, el Instituto Nacional de Empleo y las empresas contratantes, entendían que «los trabajadores ilegales no cotizaron a la Seguridad Social, organismo en el que no estaban dados de alta y, por tanto, el derecho, en este caso, no llevaba aparejada la obligación».

El Juzgado de lo Social de Avila, mediante sentencia del 10 de octubre del 2005, resolvió desestimar las demandas, pero los inmigrantes recurrieron el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que ha estimado la reclamación, contra la cual cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Los hechos denunciados se produjeron en La Cañada (Avila) el verano del 2004, cuando tras descubrirse la contratación ilegal por parte de las empresas Constructora y urbanizadora El Puntal, Hispanafrican Way, S.L. y Reformas y Obras El Jaranzal, cinco trabajadores irregulares, cuatro rumanos y un marroquí, demandaron a las empresas por despido improcedente.



Publicado por Diaro de León, el 26 de abril de 2006

Autor: Redacción
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