| Una trabajadora gana a la CAR una demanda sobre
retribuciones por reducción de jornada |
El Juzgado de lo Social reconoce que debe cobrar
el 80% desde que se publicó el convenio
El Juzgado de lo Social número 2 de Logroño ha reconocido el
derecho de una trabajadora de la CAR, con reducción de jornada de un
tercio por cuidado de un hijo, a cobrar el 80% de su salario como establece el
nuevo convenio de la CAR, desde su publicación en el BOR (4 de agosto
del 2005), independientemente de la fecha en la que ella solicitase la mejora
retributiva (13 de septiembre). CCOO interpretó ayer que esta sentencia
es extensible no sólo al personal laboral sino a los funcionarios e
incluso al personal estatutario, si bien estos no se rigen por el acuerdo
convenio.
La trabajadora, que es delegada de CCOO con contrato como personal laboral
fijo, explicó ayer que venía disfrutando desde hacía
año y medio de una reducción de un tercio en su jornada. En ese
momento, cuando estaba vigente el anterior convenio, «yo cobraba el
66,67%». Sin embargo, el siguiente pacto mejoró este porcentaje
hasta el 80%. El convenio se publicó en el BOR el 4 de agosto
estableciendo que el derecho para recibir este aumento se haría efectivo
«para aquellas reducciones solicitadas a partir de la fecha de
publicación». Ese párrafo, según la demandante,
generó «dudas» y la Comisión Paritaria acordó el
9 de septiembre «que este derecho se reconociese desde la fecha de
publicación del convenio».
La delegada de CCOO presentó el 13 de septiembre su solicitud reclamando
la mejora retributiva desde el 4 de agosto. Función Pública
«lo desestimó dos veces» y finalmente el asunto llegó
al Juzgado de lo Social número 2, que ahora ha fallado a su favor.
Por su parte, el director general de Función Pública, Rafael
Lorés, aclaró ayer que «se trata de una discrepancia sobre
en qué momento debe aplicarse una medida, cuando lo importante es que
estamos hablando de una mejora notable, que ni siquiera recoge el Plan
Concilia».
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Publicado por Larioja.com el 25 de mayo de
2006
Autor: M.J.G. |
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