| Un juez falla que la muerte por cáncer
de un trabajador es una enfermedad profesional |
El Juzgado de lo Social de Ceuta ha dictado una
sentencia que sienta precedente en España, según CC OO, al
reconocer que la muerte de un trabajador por cáncer se produjo por una
enfermedad profesional por su contacto con productos derivados de los
hidrocarburos.
Según informó en un comunicado CC OO, el Juzgado de lo Social ha
desestimado la demanda formulada por Atlas SA y la Mutua Fremap contra el
Instituto Nacional de Seguridad Social y la viuda del trabajador Carlos
Gallego, en la que se mantenía la calificación de enfermedad
profesional para el trabajador y que en principio fue calificada de enfermedad
común.
CC OO mantuvo que la enfermedad contraída por el trabajador
-cáncer de pulmón- que le causó la muerte lo era como
consecuencia de su contacto con derivados de los hidrocarburos, circunstancia
que la empresa Atlas negaba al mantener la tesis contraria.
En la sentencia se indica que el trabajador estaba expuesto al contacto con los
compuestos «butano, penetanao, hezano, heptano, tolueno, benceno, xileno,
gasolina, gasoil y fuel». Según CC OO, la importancia de la
sentencia para la salud de los trabajadores es «grande al suponer un
reconocimiento de que los productos derivados del petróleo provocan
enfermedades graves en los trabajadores, lo que debe llevar a extremar las
medidas preventivas».
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Publicado por El Diario Montañes, el 9 de
junio de 2006
Autor: Efe |
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