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Un juez falla que la muerte por cáncer de un trabajador es una enfermedad profesional
El Juzgado de lo Social de Ceuta ha dictado una sentencia que sienta precedente en España, según CC OO, al reconocer que la muerte de un trabajador por cáncer se produjo por una enfermedad profesional por su contacto con productos derivados de los hidrocarburos.

Según informó en un comunicado CC OO, el Juzgado de lo Social ha desestimado la demanda formulada por Atlas SA y la Mutua Fremap contra el Instituto Nacional de Seguridad Social y la viuda del trabajador Carlos Gallego, en la que se mantenía la calificación de enfermedad profesional para el trabajador y que en principio fue calificada de enfermedad común.

CC OO mantuvo que la enfermedad contraída por el trabajador -cáncer de pulmón- que le causó la muerte lo era como consecuencia de su contacto con derivados de los hidrocarburos, circunstancia que la empresa Atlas negaba al mantener la tesis contraria.

En la sentencia se indica que el trabajador estaba expuesto al contacto con los compuestos «butano, penetanao, hezano, heptano, tolueno, benceno, xileno, gasolina, gasoil y fuel». Según CC OO, la importancia de la sentencia para la salud de los trabajadores es «grande al suponer un reconocimiento de que los productos derivados del petróleo provocan enfermedades graves en los trabajadores, lo que debe llevar a extremar las medidas preventivas».



Publicado por El Diario Montañes, el 9 de junio de 2006

Autor: Efe
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