| Los autónomos deberán pagar entre
24 y 30 euros más al mes para cobrar el seguro de paro |
Tras la aprobación por el Consejo de
Ministros del Estatuto del Autónomo donde se regularán los
derechos y obligaciones de este colectivo de más de tres millones de
trabajadores, Gobierno, expertos y asociaciones más representativas se
encuentran estudiando el posterior desarrollo reglamentario del texto, que
llegará al Congreso el próximo febrero para su aprobación
definitiva. El objetivo es que el 1 de enero de 2008 entre en vigor.
En el desarrollo reglamentario del derecho al seguro de paro por cese de
actividad del trabajador autónomo -reconocido por primera vez a este
colectivo- se baraja la posibilidad de incrementar las cuotas al Régimen
Especial de Autónomos entre el 3,4 y el 3,7%, según
confirmó a ABC el presidente de la Asociación de Trabajadores
Autónomos (ATA), Lorenzo Amor.
Para atender las necesidades financieras del derecho al seguro del paro del
autónomo se crearía un fondo, que sería gestionado por las
Mutuas de Accidentes de Trabajo (existe un consenso muy amplio en esta materia
por parte del Gobierno, asociaciones de autónomos y las propias mutuas).
La cantidad que serviría de punto de partida serían los 1.500
millones de superávit que tiene el Régimen Especial de
Autónomos, tras registrar excedentes en los últimos once
años. Una vez constituido dicho fondo, recibiría las cuotas de
los afiliados. En la futura norma se establece que como único requisito
para percibir el «seguro de paro» el trabajador autónomo
justifique el cese de su actividad. Tras su aprobación por las Cortes,
Gobierno y representantes empresariales y sindicales deberán acometer su
desarrollo legislativo.
Lo que sí quedará fijado por ley es que se trata de un derecho
universal y solidario. Ello requerirá que los autónomos coticen
en la misma proporción que el resto de los trabajadores asalariados.
Lorenzo Amor recuerda, no obstante, que el índice de riesgo es mucho
menor entre los autónomos.
Para igualar las cotizaciones de autónomos y asalariados los primeros
deberán incrementar su cuota entre el 3,4 y el 3,7%, lo que
supondrá mensualmente entre 24 y 30 euros más. Con ello
tendrán derecho a percibir cuatro meses por año cotizado,
según podría aparecer en el desarrollo reglamentario de este
derecho, una propuesta elaborada por el grupo de expertos, que contará
con el respaldo de las asociaciones más representativos de este
colectivo.
Para lograrlo se debe garantizar que el fondo que se cree sea contributivo,
sostenible y solidario, igual que el sistema de la Seguridad Social.
Consejo Estatal del Autónomo
Otra de las novedades que traerá el Estatuto será la
creación del Consejo Estatal del Autónomo, donde estarán
representado Gobierno, comunidades, asociaciones de este colectivo, sindicatos
y patronal.
El Estatuto también incluye las líneas básicas para
fomentar la cultura emprendedora.
Capítulo especial lo constituye el denominado «autónomo
dependiente», una realidad social que afecta a 300.000 trabajadores de
este país, y que según el Estatuto son los que perciben el 75% de
sus ingresos de una sola empresa.
De esta forma, se ha logrado también distinguir al «falso
autónomo» que son los familiares de estos trabajadores que la
actual ley obliga a registrar también como autónomos y que
realmente son asalariados del autónomo. El estatuto, por tanto, dota de
derechos a los autónomos dependientes y obliga a dar de alta en el
régimen general de la Seguridad Social a los familiares de los
autónomos que trabajan con ellos. Así, se pone fin a los abusos
que se estaban cometiendo hasta ahora sobre uno de los colectivos más
desprotegidos del mercado laboral español.
Entre los autónomos dependientes se encuentran, sobre todo, agentes
comerciales, trabajadores de la construcción y el transporte, agentes
mercantiles, seguros, periodistas, economistas o cualquiera de los que realizan
su actividad en profesiones liberales.
Con la nueva ley se identifica dónde hay este tipo de autónomos y
se obliga a la empresa que los contrata para realizar las tres cuartas partes
de su actividad a realizar un contrato en el que se incluirán derechos
como el de la conciliación de la vida laboral y familiar, un
mínimo de 15 de vacaciones anuales y que no se impongan horarios ni
jornadas.
Habrá indemnización
En el caso de suspender la relación laboral, se indemnizará al
trabajador si no está justificado su cese; o bien que éste
indemnice a la empresa si no realiza el trabajo que le fue encargado. Lorenzo
Amor explicó a ABC que con la firma de este estatuto, los
autónomos «ya somos alguien después de muchos años de
caminar en solitario y dejamos de ser los marginados y discriminados»,
pese a que uno de cada cinco trabajadores en nuestro país es
autónomo, captan el 40% del empleo y representan el 18% del PIB. En el
mismo sentido, en UPTA se asegura que con el Estatuto «se recupera un
tiempo perdido para el autónomo». Todas las asociaciones
representativas de este colectivo (Pimec, Anespa, OPA) han apoyado el proyecto,
con excepción de la organización dependiente de la CEOE, CEAT,
que ha mostrado sus reticencias al considerar que se crea inseguridad
jurídica al no aclararse si este trabajador tiene naturaleza civil,
mercantil o administrativa.
Además del citado seguro del paro, los trabajadores autónomos
tienen reconocido el derecho a la jubilación anticipada en aquellas
actividades consideradas peligrosas (transporte o construcción, por
ejemplo). No obstante, ATA y UPTA tratan de que este derecho se extienda a todo
el colectivo para eliminar discriminaciones.
Asimismo, los autónomos tendrán reconocidos por primera vez los
derechos de las bajas por paternidad o maternidad, en las mismas condiciones
que los trabajadores asalariados.
Las trabajadoras autónomas, además, tendrán derecho a las
horas de lactancia en caso de maternidad.
Asimismo, se abre la posibilidad de realizar cotizaciones reducidas al
régimen especial de autónomos cuando estos trabajadores no
dedican todo su tiempo laboral a su actividad como autónomo. Se trata de
cubrir las necesidades dedicados a la venta ambulante o la venta a domicilio.
También tendrán reducciones de cuota al régimen especial
de autónomos por hijos menores de 30 años que trabajen en el
negocio familiar.
Y se les reconoce una reducción de cuotas al régimen de
autónomos a aquellos trabajadores que también cotizan en el
régimen general. Este es el caso de 140.000 asalariados. Hasta el
momento estos trabajadores sólo perciben sus prestaciones de un
sólo régimen, pese a estar cotizando en dos.
Todas estas medidas relacionadas con la protección social, una vez
aprobadas por las Cortes, requerirán de su desarrollo reglamentario.
|
|
Publicado por ABC, el 14 de octubre de 2006
Autor: Maite Vázqiuez del Río |
|
|
|
|