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Los autónomos deberán pagar entre 24 y 30 euros más al mes para cobrar el seguro de paro
Tras la aprobación por el Consejo de Ministros del Estatuto del Autónomo donde se regularán los derechos y obligaciones de este colectivo de más de tres millones de trabajadores, Gobierno, expertos y asociaciones más representativas se encuentran estudiando el posterior desarrollo reglamentario del texto, que llegará al Congreso el próximo febrero para su aprobación definitiva. El objetivo es que el 1 de enero de 2008 entre en vigor.

En el desarrollo reglamentario del derecho al seguro de paro por cese de actividad del trabajador autónomo -reconocido por primera vez a este colectivo- se baraja la posibilidad de incrementar las cuotas al Régimen Especial de Autónomos entre el 3,4 y el 3,7%, según confirmó a ABC el presidente de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor.

Para atender las necesidades financieras del derecho al seguro del paro del autónomo se crearía un fondo, que sería gestionado por las Mutuas de Accidentes de Trabajo (existe un consenso muy amplio en esta materia por parte del Gobierno, asociaciones de autónomos y las propias mutuas). La cantidad que serviría de punto de partida serían los 1.500 millones de superávit que tiene el Régimen Especial de Autónomos, tras registrar excedentes en los últimos once años. Una vez constituido dicho fondo, recibiría las cuotas de los afiliados. En la futura norma se establece que como único requisito para percibir el «seguro de paro» el trabajador autónomo justifique el cese de su actividad. Tras su aprobación por las Cortes, Gobierno y representantes empresariales y sindicales deberán acometer su desarrollo legislativo.

Lo que sí quedará fijado por ley es que se trata de un derecho universal y solidario. Ello requerirá que los autónomos coticen en la misma proporción que el resto de los trabajadores asalariados. Lorenzo Amor recuerda, no obstante, que el índice de riesgo es mucho menor entre los autónomos.

Para igualar las cotizaciones de autónomos y asalariados los primeros deberán incrementar su cuota entre el 3,4 y el 3,7%, lo que supondrá mensualmente entre 24 y 30 euros más. Con ello tendrán derecho a percibir cuatro meses por año cotizado, según podría aparecer en el desarrollo reglamentario de este derecho, una propuesta elaborada por el grupo de expertos, que contará con el respaldo de las asociaciones más representativos de este colectivo.

Para lograrlo se debe garantizar que el fondo que se cree sea contributivo, sostenible y solidario, igual que el sistema de la Seguridad Social.

Consejo Estatal del Autónomo

Otra de las novedades que traerá el Estatuto será la creación del Consejo Estatal del Autónomo, donde estarán representado Gobierno, comunidades, asociaciones de este colectivo, sindicatos y patronal.

El Estatuto también incluye las líneas básicas para fomentar la cultura emprendedora.

Capítulo especial lo constituye el denominado «autónomo dependiente», una realidad social que afecta a 300.000 trabajadores de este país, y que según el Estatuto son los que perciben el 75% de sus ingresos de una sola empresa.

De esta forma, se ha logrado también distinguir al «falso autónomo» que son los familiares de estos trabajadores que la actual ley obliga a registrar también como autónomos y que realmente son asalariados del autónomo. El estatuto, por tanto, dota de derechos a los autónomos dependientes y obliga a dar de alta en el régimen general de la Seguridad Social a los familiares de los autónomos que trabajan con ellos. Así, se pone fin a los abusos que se estaban cometiendo hasta ahora sobre uno de los colectivos más desprotegidos del mercado laboral español.

Entre los autónomos dependientes se encuentran, sobre todo, agentes comerciales, trabajadores de la construcción y el transporte, agentes mercantiles, seguros, periodistas, economistas o cualquiera de los que realizan su actividad en profesiones liberales.

Con la nueva ley se identifica dónde hay este tipo de autónomos y se obliga a la empresa que los contrata para realizar las tres cuartas partes de su actividad a realizar un contrato en el que se incluirán derechos como el de la conciliación de la vida laboral y familiar, un mínimo de 15 de vacaciones anuales y que no se impongan horarios ni jornadas.

Habrá indemnización

En el caso de suspender la relación laboral, se indemnizará al trabajador si no está justificado su cese; o bien que éste indemnice a la empresa si no realiza el trabajo que le fue encargado. Lorenzo Amor explicó a ABC que con la firma de este estatuto, los autónomos «ya somos alguien después de muchos años de caminar en solitario y dejamos de ser los marginados y discriminados», pese a que uno de cada cinco trabajadores en nuestro país es autónomo, captan el 40% del empleo y representan el 18% del PIB. En el mismo sentido, en UPTA se asegura que con el Estatuto «se recupera un tiempo perdido para el autónomo». Todas las asociaciones representativas de este colectivo (Pimec, Anespa, OPA) han apoyado el proyecto, con excepción de la organización dependiente de la CEOE, CEAT, que ha mostrado sus reticencias al considerar que se crea inseguridad jurídica al no aclararse si este trabajador tiene naturaleza civil, mercantil o administrativa.

Además del citado seguro del paro, los trabajadores autónomos tienen reconocido el derecho a la jubilación anticipada en aquellas actividades consideradas peligrosas (transporte o construcción, por ejemplo). No obstante, ATA y UPTA tratan de que este derecho se extienda a todo el colectivo para eliminar discriminaciones.

Asimismo, los autónomos tendrán reconocidos por primera vez los derechos de las bajas por paternidad o maternidad, en las mismas condiciones que los trabajadores asalariados.

Las trabajadoras autónomas, además, tendrán derecho a las horas de lactancia en caso de maternidad.

Asimismo, se abre la posibilidad de realizar cotizaciones reducidas al régimen especial de autónomos cuando estos trabajadores no dedican todo su tiempo laboral a su actividad como autónomo. Se trata de cubrir las necesidades dedicados a la venta ambulante o la venta a domicilio.

También tendrán reducciones de cuota al régimen especial de autónomos por hijos menores de 30 años que trabajen en el negocio familiar.

Y se les reconoce una reducción de cuotas al régimen de autónomos a aquellos trabajadores que también cotizan en el régimen general. Este es el caso de 140.000 asalariados. Hasta el momento estos trabajadores sólo perciben sus prestaciones de un sólo régimen, pese a estar cotizando en dos.

Todas estas medidas relacionadas con la protección social, una vez aprobadas por las Cortes, requerirán de su desarrollo reglamentario.



Publicado por ABC, el 14 de octubre de 2006

Autor: Maite Vázqiuez del Río
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