Materia: Trabajo Asunto: Retribución no definida por disponibilidad Texto
Completo de la Sentencia
Estudia la naturaleza de los importes que un trabajador recibe de su empresa
por estar localizable y a disposición de ésta, cuando esas
cantidades no figuran definidas en el convenio, no tiene la
consideración de horas extras, y no existe pacto expreso entre
trabajador y empresa para ello.
Materia: Seguridad
Social Asunto: Reducción de recargo de prestaciones Texto
Completo de la Sentencia
En un supuesto de recargo de prestación de la Seguridad Social, impuesto
a la empresa como consecuencia de un accidente que se produce por falta de
medidas de seguridad, estudia si este recargo puede verse reducido en el caso
de que en el accidente, además de la falta de medidas seguridad,
también interviniera la conducta negligente del trabajador que lo
sufrió.
Materia: Relaciones
Colectivas Asunto: Revocación de mandato de representante de los
trabajadores Texto
Completo de la Sentencia
Estudia el proceso necesario para que los trabajadores en asamblea puedan
revocar el mandato de un delgado de personal, así como los supuestos en
los que este proceso de revocación será nulo.
Una empresa organiza su calendario laboral y para ello tiene en cuenta, dentro
de la jornada anual pactada, la distribución de los distintos turnos de
trabajo, los incidentes que estima puedan producirse por acumulación de
tareas, y en base a todo lo anterior, las bien las compensaciones a los
trabajadores que desarrollo su actividad en turno de noche.
Los trabajadores nocturnos, consideran que la empresa no les puede organizar el
sistema compensatorio según sus necesidades, pues el convenio colectivo
de aplicación señala que la empresa que la compensación
del trabajo nocturno, bien en tiempo o bien en dinero, se realizará a
elección del trabajador afectado.
En este sentido, la empresa sostiene que esta elección corresponde a los
trabajadores de forma individual una vez se sobrepase el límite de
máximo de la jornada anual, pero mientras tanto la organización
de las compensaciones, corresponde únicamente a la empresa.
Este boletín se envía de acuerdo con las
indicaciones que marca la Ley de Servicios e la Sociedad de la
Información, Ley 34/2002. Por lo que sólo lo recibe quien
previamente lo ha solicitado expresamente desde el formulario de
suscripción que figura en el web de Ayuda Laboral. Además, se
incluye la información de identificación de quien envía,
así como el formulario para darse de baja en la lista de
destinatarios.
La lista de Ayuda Laboral es totalmente anónima. No se conserva dato
alguno referente a los titulares de las cuentas de correo, ni nombres, ni
direcciones, ni datos profesionales, ni empresariales, ni web, etc.
Únicamente se conserva la dirección electrónica. Siendo la
única forma de inscribirse en ella, el uso de los botones dispuestos al
efecto en el web, o por medio del formulario de suscripción incluido con
los boletines informativos.
Las direcciones de e-mail facilitadas por nuestros suscriptores son utilizadas
exclusivamente para la distribucion del Boletin, y en ningún caso son
suministradas a terceros.