Una trabajadora solicita a su empresa que le traslade de centro de trabajo, pues considera que al considerarse víctima de violencia de género, la empresa tiene la obligación de este cambio si ella lo solicita. A lo que la empresa responde, que al ser esto un supuesto de movilidad geográfica y con ello una modificación de las condiciones de trabajo, es posible que la trabajadora este buscando problemas con la empresa para extinguir su contrato en ella y marchase con una indemnización. Por lo que la empresa solicita ser asesorada sobre este punto, antes de negar a la trabajadora se traslado.

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