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Está prohibido que se pueda comunicar el resultado del reconocimiento a la empresa
Los reconocimientos médicos a los trabajadores tienen su origen en el artículo 22 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales, donde se indica que la empresa debe vigilar de forma periódica el estado de salud de sus empleados en función de los riesgos que pueda conllevar el trabajo a desarrollar.