Una empresa cambiar su organización interna, creando una nueva Dirección de Relaciones Colectivas, que segrega de la Dirección de Recursos Humanos, ante esta medida, uno de los sindicatos con representación en la empresa inicia un proceso de conflicto colectivo por no haber sido informado de este cambio. Reclamación con la que la empresa no está conforme, pues considera que ha cumplido con todas las obligaciones que implicaba esa modificación en su estructura organizativa, al haber informado de la misma al Comité de empresa.

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