El Contrato de Trabajo

Los detalles del contrato de trabajo

El contrato de trabajo es el acuerdo por el que se fijan los derechos y obligaciones que van a regir la relación laboral entre la empresa y el trabajador, entre cuyos detalles deben estar la determinación de los servicios a prestar, el tiempo que en estos se realizaran, el lugar de desarrollo de la actividad, la retribución a percibir como contraprestación…

La forma escrita del contrato

El contrato de trabajo puede formalizarse de palabra, aunque tendrá la obligación de ser por escrito cuando sea:

  • En prácticas.
  • Para la formación y el aprendizaje.
  • Para la realización de una obra o servicio determinado.
  • Los contratos por tiempo determinado, cuya duración sea superior a 4 semanas.
  • A tiempo parcial.
  • Fijo discontinuo.
  • De relevo.
  • A distancia.
  • El contrato de los pescadores.
  • Cuando cualquiera de las partes pida que se formalice por escrito.

Cuando no se formalice por escrito, y esto sea obligatoria, el contrato de trabajo se considerará celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo que se pueda probar que la actividad que se desarrolla es temporal o de tiempo parcial.

La duración del contrato de trabajo

El contrato de trabajo puede tener una duración indefinida, o bien temporal. Así los contratos por su duración son:

Indefinido.

  • A jornada completa.
  • A tiempo parcial.
  • Fijo-discontinuo.

Temporales:

  • Por obra o servicio determinado.
  • Por circunstancias de producción.
  • De interinidad.
  • En prácticas.
  • Para la formación y el aprendizaje.

El periodo de prueba

Al iniciar la prestación de servicios se puede fijar un periodo de prueba, un plazo de tiempo, en el que tanto el trabajador como la empresa podrán dar por finalizado el contrato sin causa alguna ni preaviso, en el caso de que consideren que no se ajusta a sus necesidades.

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