Materia: Trabajo Asunto: Despido objetivo por perdida de cliente importante Texto
Completo de la Sentencia
Estudia el supuesto de un pronunciamiento legal por el que determinadas
funciones pasategoría inferior.
Materia: Seguridad
Social Asunto: Fallecimiento en desplazamiento estando en huelga Texto
Completo de la Sentencia
Estudia el supuesto de un trabajador que durante una huelga fallece en un
desplazamiento para asistir a una asamblea sindical, para determinar si de debe
considerar el accidente como no laboral o por el contario con un accidente
"in itinere" y por lo tanto de trabajo.
Materia: Seguridad
Social Asunto: Equiparación de discapacidad e incapacidad a efectos
laborales Texto
Completo de la Sentencia
Estudia en el caso de la contratación de trabajadores
minusválidos, cuando es posible considerar equivalentes las
declaraciones de discapacidad con las de incapacidad permanente en grados de
total y absoluta, y las consecuencias y efectos que ello tiene para la empresa
contratante.
Materia:
Procedimiento Laboral Asunto: Oposición de la empresa a la celebración de elecciones
sindicales Texto
Completo de la Sentencia
Estudia el supuesto de unas elecciones sindicales, a las que se niega la
empresa y en consecuencia no es posible celebrarlas, para determinar en
qué casos este tipo de actuación contraviene la libertad
sindical, y bajo qué circunstancias este derecho básico de
representación no se ve vulnerado por no poderse celebrar las elecciones
por oposición de la empresa.
Unas trabajadoras denuncian a su empresa por trato discriminatorio, pues
consideran que esto es el hecho de que se les pague el salario en efectivo, en
lugar de por transferencia como al resto de la plantilla conformada por
hombres.
La empresa responde que no hay discriminación en el pago, pues el hacer
efectivo es una forma legítima que no invalida los mismos, máxime
cuando se ajustan lo indicado en el convenio y lo acordado con las distintas
trabajadoras.
Pese a lo cual la Inspección de Trabajo sanciona a la empresa por trato
discriminatorio en la relación laboral, al considerar que el pago de los
salarios debe realizarse del mismo modo para toda la plantilla.
Este boletín se envía de acuerdo con las
indicaciones que marca la Ley de Servicios e la Sociedad de la
Información, Ley 34/2002. Por lo que sólo lo recibe quien
previamente lo ha solicitado expresamente desde el formulario de
suscripción que figura en el web de Ayuda Laboral. Además, se
incluye la información de identificación de quien envía,
así como el formulario para darse de baja en la lista de
destinatarios.
La lista de Ayuda Laboral es totalmente anónima. No se conserva dato
alguno referente a los titulares de las cuentas de correo, ni nombres, ni
direcciones, ni datos profesionales, ni empresariales, ni web, etc.
Únicamente se conserva la dirección electrónica. Siendo la
única forma de inscribirse en ella, el uso de los botones dispuestos al
efecto en el web, o por medio del formulario de suscripción incluido con
los boletines informativos.
Las direcciones de e-mail facilitadas por nuestros suscriptores son utilizadas
exclusivamente para la distribucion del Boletin, y en ningún caso son
suministradas a terceros.