Bases y Tipos de Cotización Régimen Especial Agrícola por Cuenta Ajena 2014
Detalles
Escrito por: Ayuda Laboral
Régimen Especial Agrario, en aplicacion de la Ley 28/2011, se integra en el Régimen general a través de un Sistema especial para los trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios
Tipos de Cotización
Empresa
Trabajador
Contingencias comunes, en periodos de actividad: Grupo 1
23,60%
4,70%
Contingencias comunes, en periodos de actividad: Grupo 2 a 11
16,85%
4,70%
Contingencias comunes, en periodos de inactividad
11,50%
FOGASA
0,10%
Formación Profesional
0,15%
0,03%
Desempleo, trabajadores fijos, y también para trabajadores temporales con una discapacidad igual o superior al 33%
5,50%
1,55%
Desempleo, trabajadores eventuales
6,70%
1,60%
Contingencias profesionales IT y IMS
Tarifa Primas disposición adicional cuarta Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2007, según redacción de la disposición final décima novena de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2014.
Trabajadores a tiempo parcial
Igual que en Régimen General
Bases y topes máximos y mínimos de cotización para el 2014
Grupo
Categorías Profesionales
Bases Cotización
Euros/mes
Euros/mes
1
Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el articulo 1.3.c del Estatuto de los Trabajadores
1051,50 / 2.595,60€
2
Ingenieros técnicos, Peritos y Ayudantes titulados
872,10 / 2.595,60€
3
Jefes Administrativos y de Taller
753,00 / 2.595,60€
4
Ayudantes no titulados
753,00 / 2.595,60€
5
Oficiales administrativos
753,00 / 2.595,60€
6
Subalternos
753,00 / 2.595,60€
7
Auxiliares Administrativos
753,00 / 2.595,60€
8
Oficiales de primera y segunda
753,00 / 2.595,60€
9
Oficiales de tercera y especialistas
753,00 / 2.595,60€
10
Peones
753,00 / 2.595,60€
11
Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional
753,00 / 2.595,60€
Jornadas reales
Grupo
Categorías Profesionales
Euros/día
Euros/día
1
Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el articulo 1.3.c del Estatuto de los Trabajadores
45,72 / 112,85€
2
Ingenieros técnicos, Peritos y Ayudantes titulados
37,92 / 112,85€
3
Jefes Administrativos y de Taller
32,99 / 112,85€
4
Ayudantes no titulados
32,74 / 112,85€
5
Oficiales administrativos
32,74 / 112,85€
6
Subalternos
32,74 / 112,85€
7
Auxiliares Administrativos
32,74 / 112,85€
8
Oficiales de primera y segunda
32,74 / 112,85€
9
Oficiales de tercera y especialistas
32,74 / 112,85€
10
Peones
32,74 / 112,85€
11
Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional
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