La Inspección de Trabajo y Seguridad Social desarrollo su actuación ante las personas físicas, las personas jurídicas, tanto públicas como privadas, e incluyendo también a las comunidades de bienes, ya que todas ellas son sujetos sobre los que recaen obligaciones o responsabilidades en el cumplimiento de la normativa del orden social como se indica en el artículo 4 Ley 42/1997, ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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