Boletin Informativo

La actualidad laboral en su e-mail

¿Necesita estar al día sobre últimas bonificaciones, sentencias, convenios colectivos, casos prácticos, formularios, etc?

Entrada no válida
Entrada no válida
Para poder suscribirse al Boletín Informativo debe Aceptar la Política de Privacidad y Protección de Datos
Verifique que no es un robot
Entrada no válida

Boletín Laboral

Suscríbete a nuestro boletín y recibe en tu correo noticias, actualidad, sentencias, jurisprudencia, convenios, etc

Es gratis, pulsa aquí.

Las bases y tipos de cotización para el año 2016 en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, vienen expuestas en el artículo 13 y siguientes de la Orden ESS/70/2016, de 29 de enero, según lo dispuesto en la Ley 48/2015, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.

Régimen Especial Agrario, en aplicacion de la Ley 28/2011, se integra en el Régimen general a través de un Sistema Especial para los trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios

Tipos de Cotización

  Empresa Trabajador
Contingencias comunes, en periodos de actividad: Grupo 1 23,60% 4,70%
Contingencias comunes, en periodos de actividad: Grupo 2 a 11 17,75% 4,70%
Contingencias comunes, en periodos de inactividad   11,50%
FOGASA 0,10%  
Formación Profesional 0,15% 0,03%
Desempleo, trabajadores fijos, y también para trabajadores temporales con una discapacidad igual o superior al 33% 5,50% 1,55%
Desempleo, trabajadores eventuales 6,70% 1,60%
Contingencias profesionales IT y IMS Tarifa Primas disposición adicional cuarta Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2007, según la redacción dada por la disposición final octava de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para 2016.
Trabajadores a tiempo parcial Igual que en
Régimen General




Bases y topes máximos y mínimos de cotización para el 2016

Grupo Categorías Profesionales Bases Cotización en Euros/mes
1 Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el articulo 1.3.c del Estatuto de los Trabajadores 1067,40 / 3.642,00€
2 Ingenieros técnicos, Peritos y Ayudantes titulados 885,30 / 3.642,00
3 Jefes Administrativos y de Taller 770,10 / 3.642,00
4 Ayudantes no titulados 764,40 / 3.642,00
5 Oficiales administrativos 764,40 / 3.642,00
6 Subalternos 764,40 / 3.642,00
7 Auxiliares Administrativos 764,40 / 3.642,00
8 Oficiales de primera y segunda 764,40 / 3.642,00
9 Oficiales de tercera y especialistas 764,40 / 3.642,00
10 Peones 764,40 / 3.642,00
11 Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional 764,40 / 3.642,00



Jornadas reales

Grupo Categorías Profesionales Euros/día
1 Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el articulo 1.3.c del Estatuto de los Trabajadores 46,41 / 158,35€
2 Ingenieros técnicos, Peritos y Ayudantes titulados 38,49 / 158,35
3 Jefes Administrativos y de Taller 33,48 / 158,35
4 Ayudantes no titulados 33,23 / 158,35
5 Oficiales administrativos 33,23 / 158,35
6 Subalternos 33,23 / 158,35
7 Auxiliares Administrativos 33,23 / 158,35
8 Oficiales de primera y segunda 33,23 / 158,35
9 Oficiales de tercera y especialistas 33,23 / 158,35
10 Peones 33,23 / 158,35
11 Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional 33,23 / 158,35

Sorry, this website uses features that your browser doesn’t support. Upgrade to a newer version of Firefox, Chrome, Safari, or Edge and you’ll be all set.

Web Analytics