El modelo de “Comunicación de la empresa previa a una huelga de los trabajadores que van a desarrollar los servicios mínimos” está desarrollado en aplicación de lo dispuesto en el articulo 6.7 Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, para los supuestos en los que tras la convocatoria de una huelga hay que designar a los trabajadores que deban desarrollar los servicios mínimos.

El documento modelo está listo para ser utilizado, lo único que debe hacer es “copiar y pegar” en su procesador de textos y cambiar los datos de ejemplo que se le indican por los reales, en el modo que se detalla, he imprimirlo.


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