Conceptos Retributivos AbonadosUna de las novedades, otra más, que trae el Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, y que entra en vigor en marzo de 2014, es la obligación de las empresas de informar a la TGSS del importe de los conceptos retributivos abonados a sus trabajadores, tal como se indica en la Disposición final cuarta 3 de la referida norma, cuando dice:

Los empresarios deberán comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social en cada período de liquidación el importe de todos los conceptos retributivos abonados a sus trabajadores, con independencia de su inclusión o no en la base de cotización a la Seguridad Social y aunque resulten de aplicación bases únicas”.

Para realizar esta comunicación la Seguridad Social ha desarrollado un nuevo tipo de fichero, denominado Conceptos Retributivos Abonados también conocido por sus siglas CRA, y que deberá ser enviado a través del Sistema RED de forma mensual por las empresas obligadas a ello, a partir de marzo de 2014, plazo señalado en el Boletín de Noticias Red 10/2013 de 27 de diciembre de 2013.


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