RR.LL. Colectivas
Dentro del uso que en empresa se da a las nuevas tecnologías y las posibilidades e comunicación que aportan, esta el uso sindical de las mismas. Un punto candente en el pueden entra en conflicto tanto los intereses de la empresa, los derechos fundamentales de los trabajadores individuales, y el derecho a la libertad sindical.
Desde este aparado se trata de dar respuesta a cuestiones como el uso de internet como tablón sindical, la vigilancia de locales o actividades de los representantes de los trabajadores, o uso de los datos personales de los afiliados, entre otros.
El derecho para potenciar la conciliación de la actividad laboral y la vida personal y familiar y la intimidad
Con la proliferación de las telecomunicaciones y de los nuevos sistemas de contacto que han aparecido de la mano de aquellas, no ya solo el teléfono, sino también el correo electrónico, los SMS, WhatsApp, Telegram, sistemas propios de empresa, etc, en su conjunto especialmente concentrado en los smartphones. Todo esto hace que la empresa pueda estar en contacto prácticamente permanente con el trabajador, más allá de lo que es su jornada en el centro de trabajo, lo que puede hacer que las jornadas puedan convertirse en interminables. Y en el caso de los trabajadores que tienen su actividad fuera de un contrato de trabajo concreto, o también de los teletrabajadores desde su domicilio, puede llevar a que todo el día sea jornada de trabajo.