Los trabajadores de una empresa, tras la muerte del titular, empresa persona física, reclaman indemnización por despido a los herederos, al considerar que al no continuar estos con la actividad del fallecido se les está despidiendo.

Los herederos se oponen, consideran que es público y notorio que no van a continuar con la actividad, pues incluso han renunciado a la herencia que pudiera corresponderles.
 

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