+Vistos C. Prácticos
- Despido improcedente de un trabajador fijo-discontinuo, tácitamente continuo
- Prescripción para reclamación de cantidad cuando se demanda por despido y salario
- Derecho a información de delegados sindicales
- Cláusula en el contrato para e-mail y móvil personales del trabajador
- Trabajador con duración de jornada excedida por subrogación de contratas
- Despido improcedente de directivo pago de la indemnización por desistimiento unilateral de la empresa
- Devolución de cuotas pagadas indebidamente
Para acceder a estos contenidos, pulse aquí (si no es usuario plus).
Relaciones Colectivas en Casos Prácticos
- Detalles
Una trabajadora es despedida por su empresa y el despido es declarado improcedente. Asimismo, en la sentencia, el Juzgado de lo Social reconoce a la trabajadora el derecho de opción sobre su reingreso a su puesto de trabajo al ser suplente del delegado de personal y haber dimitido éste de su cargo antes de su despido.
La empresa se opone a que el derecho de opción corresponda a la trabajadora y lo reclama para sí misma al considerar, por una parte, que la trabajadora en el momento del despido aún no había sido nombrada delegada de personal ni había asumido sus funciones y, por otro lado, que ni la trabajadora ni la sección sindical a la que pertenece le comunicaron en ningún momento esa circunstancia. Por lo tanto, no se puede perjudicar a la empresa en sus derechos por desconocer esas circunstancias debido a la inacción de todos los implicados que podrían haberle informado y no lo hicieron.
- Detalles
Una empresa incluye en sus contratos del trabajo una clausula para sus empleados indiquen su cuenta de correo electrónico y su número de teléfono móvil, de forma que las comunicaciones referentes a su relación laboral, se puedan realizar de una forma más ágil mediante estos medios de comunicación.
Los trabajares consideran que esos datos con personales y que facilitarlos constituya una intromisión de la empresa en su esfera intima, por lo que reclaman contra la inclusión de esta cláusula en los contratos.
- Detalles
En una empresa, en la que aún no se ha constituido el Comité de empresa tras las elecciones sindicales, los delegados de un sindicato, con representación tras los comicios, solicitan información a la empresa sobre cuestiones relacionadas con la contracción, previsión de empleo, absentismo, etc, que no son atendidas por ésta, al considerar que entras no esté formado el nuevo Comité no tiene obligación de facilitar esa información, o que es considerado por los delegados sindicales como una vulneración de la libertad sindical.
- Detalles
Una empresa cambiar su organización interna, creando una nueva Dirección de Relaciones Colectivas, que segrega de la Dirección de Recursos Humanos, ante esta medida, uno de los sindicatos con representación en la empresa inicia un proceso de conflicto colectivo por no haber sido informado de este cambio. Reclamación con la que la empresa no está conforme, pues considera que ha cumplido con todas las obligaciones que implicaba esa modificación en su estructura organizativa, al haber informado de la misma al Comité de empresa.
- Detalles
En una empresa de transporte los trabajadores reclaman contra el hecho de que la empresa esté abonando los complementos salariales de los trabajadores a tiempo parcial, por su importe proporcional al tempo efectivamente trabajado, cuando consideran que por la naturaleza de los mismos, estos deberían pagarse en las mismas condiciones que a los trabajadores a tiempo completo.
La empresa se pone a esta reclamación, pues considera que los complementos se están haciendo efectivos en los términos del convenio colectivo, y por lo tanto, no procede en ningún caso el pago completo de los mismos a los trabajadores a tiempo parcial.
- Detalles
Una empresa traslada pare de su plantilla a un nuevo centro de trabajo, en la misma localidad, y en este cambio se incluyen varios trabajadores que tienen la condiciones de representantes legales de los trabajadores. Pero la empresa no les reconoce esta condición, al considerar que en el nuevo centro de trabajo no se han celebrado elecciones sindicales, y en consecuencia hasta que estas no tengan lugar ningún trabajador puede tener esta condición.
- Detalles
Un sindicato solicita a una empresa un local y permiso para que sus afiliados puedan asistir durante su jornada laboral, sin perder su retribución, a la asamblea constitutiva de su Sección Sindical. A esto la empresa se oponer, al considerar que el permiso no puede ser retribuido, y tampoco puede celebrarse esta asamblea durante el tiempo de trabajo.
Por lo que el sindicato reclama solicitando tutela del derecho a la libertad sindical, al considerar que la empresa está actuando de forma que se vulnera su Derecho de Libertad Sindical, y solicita que se ordene cesar en esta conducta.
Nulidad de modificación sustancial por falta de información a los representantes de los trabajadores
- Detalles
Una empresa en una situación económica complicada presenta a los representantes legales de los trabajadores una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y les convoca para el preceptivo periodo de consultas. A la finalización del mismo, sin acuerdo, la empresa aplicar las medidas planteadas.
Ante esta situación la representación social demanda a la empresa solicitando la nulidad de la modificación sustancial, alegando que la empresa no les facilitó durante las consultas toda la información económica para poder decidir al respecto, y además también señala que la empresa ha aplicado la modificación de forma unilateral porque nunca tuvo voluntad de negociar su aplicación.
- Detalles
Los trabajadores, no conformes con esta medida, reclama contra a ella para su anulación, al considerar que con esta variación unilateral de sus condiciones de trabajo la esta incurriendo en una modificación sustancias de las mismas, sin haber recurrido al procedimiento especifico previsto para ello.
Mientras que la empresa, por su parte, considera que no ha existido tal modificación sustancial de las condiciones de trabajo, ya que los cambios efectuados sobre los objetivos, entran dentro de su capacidad de dirección y organización de la actividad laboral, que no precisa de ningún tipo de proceso específico para ser ejercida y aplicada.
- Detalles
Los representantes legales de los trabajadores, dado el número de empleados afectados por esta modificación, consideran que se debía haber seguido el procedimiento de modificación colectiva, por lo que inician un proceso de conflicto colectivo para reclamar la nulidad de esas modificaciones en la distribución de la jornada.
- Detalles
Al finalizar la consultas con acuerdo, uno de los trabajadores que votó en contra del mismo, considera que esa negociación a efectos colectivos es nula, ya que al no haber nombrado una comisión negociadora, se ha tratado de un pacto de naturaleza plural y no colectiva, de la empresa con cada uno de los trabajadores de forma individual, por lo que no puede ser vinculante para quienes votan en contra del mismo.