Una vez investigado el accidente, se determina que se debió a falta de medias de seguridad, con lo que la Seguridad Social procede a imponer a la empresa un recargo de prestaciones del 40%.
Durante la tramitación del proceso de recargo de prestaciones, la Seguridad Social no concede audiencia a la empresa, aunque ésta presenta las alegaciones y pruebas que considera necesarias durante el mismo, aunque pese a ello, considera que la falta del trámite de audiencia debe anular el procedimiento por indefensión.
En consecuencia, la empresa reclama contra el proceso de recargo de prestaciones, solicitando su anulación.