Incapacidad temporal en situación excepcional de confinamiento total por coronavirusLos trabajadores obligados a desplazarse de localidad al estar obligados a ellos por realizar una actividad considerada esencial al estar incluida en el Anexo del Real Decreto-ley 10/2020, cuando se decrete el confinamiento en su localidad de residencia, desde el inicio del mismo se les expedirá el correspondiente parte de baja, tal como se indica en la Disposición adicional vigesimoprimera del RD-ley 11/2020, derogada por Disposición derogatoria única del Real Decreto-ley 13/2020, y este mismo en su Disposición final primera desarrolla la nueva nueva redacción del artículo Quinto del Real Decreto-ley 6/2020; cuando el desplazamiento a la localidad donde tienen que prestar su actividad laboral, haya sido prohibido de forma expresa por la autoridad competente, y demás no pueda realizar su trabajo de forma telemática por causas que no sean imputables ni a su empresa ni al propio trabajador, y además no tenga derecho a percibir ninguna otra prestación pública.

Las acreditaciones para que se pueda producir esta baja de incapacidad temporal en situación excepcional de confinamiento total por coronavirus, serán:

  • Certificado expedido por el ayuntamiento del domicilio ante el correspondiente órgano del servicio público de salud, indicando el acuerdo de confinamiento de la población donde tiene su domicilio el trabajador y la denegación de desplazamiento.

  • Certificado de la empresa, o una declaración responsable en caso de autónomo, ante el correspondiente órgano del servicio público de salud, indicando la imposibilidad de realización del trabajo de forma telemática.


Otras medidas del Real Decreto-ley 11/2020

Sorry, this website uses features that your browser doesn’t support. Upgrade to a newer version of Firefox, Chrome, Safari, or Edge and you’ll be all set.

Web Analytics