Mantenimiento del empleo tras la situación excepcional de crisis de salud pública por COVID-19Para que las empresas puedan beneficiarse de las medidas laborales extraordinarias detallas en el Real Decreto-ley 8/2020, tal como se indica en su Disposición adicional sexta, será preciso su compromiso de mantenimiento del nivel de empleo previo a esta situación excepcional de salud pública, al menos, durante los 6 meses siguientes después de que vuelvan a reanudar su actividad.



Otras medidas del Real Decreto-ley 8/2020 y del Real Decreto-ley 9/2020