Un trabajador beneficiario del subsidio para mayores de 52 años, percibe unos ingresos extraordinarios, como consecuencia una venta de activos mobiliarios, que son comunicados al SPEE en la presentación anual de la declaración del IRPF.
 
Ante esto el SPEE responde al trabajador reclamándole, por percepción indebida, los pagos del subsidio correspondientes al año en que el beneficiario tuvo el incremento de renta, y a la extinción de la prestación de forma definitiva, al haber actuado con ocultamiento e intención defraudadora, al no haberle comunicado estos hechos de forma inmediata.

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