Una trabajadora que es beneficiaria del subsidio por desempleo para mayores de 55 años, recibe una herencia que incluye un sexto de un inmueble y una cantidad en efectivo. Tras lo cual el Servicio Público de Empleo Estatal procede a la extinción del subsidio, al considerar que había percibido rentas que superaban el límite del 75% del salario mínimo interprofesional.

La trabajadora, no conforme con esta medida, recurre la decisión del SEPE al considerar que la cantidad recibida en efectivo no constituía una renta real, sino que debía computarse su rendimiento presunto y que la herencia debía considerarse como un ingreso extraordinario y no como un ingreso periódico.

Regístrese para leer más…