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Retribución como extras de las horas sindicales que sobrepasen las ordinarias
- Detalles
- Escrito por: Ayuda Laboral
- Creado:
En un proceso de elecciones sindicales, los miembros de la mesa electoral solicitan que las horas que van a dedicar a este proceso para que los trabajadores puedan ejercer el voto, y posteriormente el recuento de los resultados, que vayan más allá de las que integran su jornada ordinaria, les sean abonadas por la empresa como extraordinarias, o en su defecto que les conceda un descanso compensatorio.
A esto la empresa se opone, pues considera que debe pagarlas por su valor normal no como extras, pues los miembros de la mesa electoral no están realizando su prestación laboral.
A esto la empresa se opone, pues considera que debe pagarlas por su valor normal no como extras, pues los miembros de la mesa electoral no están realizando su prestación laboral.