Un trabajador, empleado en un barco de pesca, fallece por una enfermedad grave estando embarcado pero sin trabajar, al estar el barco inhabilitado para ello en un país extranjero. El INSS considera que se trata de un accidente de trabajo, mientras que la mutua por su parte lo clasifica como enfermedad común, al entender que la causa del fallecimiento fue una enfermedad que no tenía relación directa con su actividad laboral.

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