Un trabajador autónomo tras un proceso de incapacidad temporal, durante el que cesa en su actividad por cuenta propia con baja en el IAE, es declarado en incapacidad permanente para su profesión habitual. Al no realizar ninguna actividad por cuenta ajena ni propia, y tener más de 55 años de edad, solicita al INSS el pago del complemento especial del 20% de su base reguladora. Pero la Entidad Gestora responde denegando este pago al considerar que el pensionista no reúne todos los requisitos para poder ser beneficiario del mismo. Ante lo cual el trabajador reclama en vía judicial por que se le reconozca este complemente.

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