Una trabajadora embarazada es despedida, alegando la empresa las faltas de asistencia al trabajo como consecuencia del parto, ya que según la empresa la trabajadora no comunico a la empresa causa alguna que justificara sus ausencias.

La empresa al considerar que el despido es improcedente, procede a abonar a la trabajadora en el finiquito la correspondiente indemnización por esta causa.

 

Regístrese para leer más…