Una trabajadora embarazada es contrata por una empresa, que no conocía su estado de gestión, y en contrato se señala un periodo de prueba de dos meses condicionado a un determinado nivel de rendimiento laboral, con lo que el contrato podrá darse por extinguido sino se llega por parte de la trabajador a ese nivel mínimo señalado de mutuo acuerdo.

Antes de finalizar el periodo de prueba la empresa, la empresa dice que aun no conocida la gestión de la trabajadora, comunica a ésta que da por finalizada la relación laboral al no alcanzar los niveles mínimos de rendimiento acordado en el contrato de trabajo para el periodo de prueba.

La trabajadora reclama contra la empresa por lo que considera un despido nulo, ya que según la trabajadora informó a la empresa de que se encontraba embarazada y fue ese momento cuando se de procede a la extinción del contrato de trabajo.

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