Un trabajador es despedido por agredir físicamente a un compañero durante una acalorada discusión, pero considera que la sanción ha sido excesiva, pues ha mediado provocación por parte del otro trabajador que le exacerbó los ánimos y le llevó a tener una conducta violenta.

Por lo tanto considera que debe de quedar sin efecto el despido, y se le tiene que sancionar, pues la conducta está tipificada como sancionable tanto en el Estatuto de los Trabajadores, como en el convenio colectivo de aplicación, con una sanción de suspensión de empleo y sueldo.

A lo que la empresa se opone, pues considera que la violencia siempre debe tener como respuesta laboral el despido.

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