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Cambio de puesto de trabajo como medida de protección de la lactancia
- Detalles
- Escrito por: Ayuda Laboral
- Creado:
Una trabajadora embarazada es cambiada de puesto de trabajo a otro que presente menores riesgos, en aplicación de las medidas de prevención de riesgos durante la maternidad, al no disminuir estos riegos en el nuevo puesto, se opta por la suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo. Situación en la que permanece la trabajadora hasta que comienza el descanso por maternidad.
Una vez finalizado el descanso, vuelve a la empresa pero se reincorpora al puesto al que fue trasladada cuando de detecto el riesgo, situación a la que la empresa se niega, pues considera que al haber tenido ya al hijo no hay motivo para que no vuelva a su puesto de trabajo original, ya que el riesgo para la maternidad ya ha pasado, y por lo tanto la movilidad funcional realizada entonces queda sin efectos, y la trabajadora solo podrá disfrutar de su permiso retribuido por lactancia. Pero esta no está conforme, pues entiende que las medidas de prevención de riesgos durante la maternidad también incluyen medidas protectoras durante la lactancia.
Una vez finalizado el descanso, vuelve a la empresa pero se reincorpora al puesto al que fue trasladada cuando de detecto el riesgo, situación a la que la empresa se niega, pues considera que al haber tenido ya al hijo no hay motivo para que no vuelva a su puesto de trabajo original, ya que el riesgo para la maternidad ya ha pasado, y por lo tanto la movilidad funcional realizada entonces queda sin efectos, y la trabajadora solo podrá disfrutar de su permiso retribuido por lactancia. Pero esta no está conforme, pues entiende que las medidas de prevención de riesgos durante la maternidad también incluyen medidas protectoras durante la lactancia.