Una empresa realiza con un trabajador tres contratos como profesor mediante la modalidad de obra o servicio determinado, teniendo cada contrato la duración de un curso escolar, de septiembre a julio, coincidiendo el tiempo sin contrato del trabajado con el de las vacaciones del centro fijadas en el mes de agosto.

Ante esta situación el trabajador considera que su relación con la empresa no es temporal, sino que debe ser considerada como indefinida, frente a la empresa que se propone una conversión a fijo discontinuo.

 

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